Datos mínimos del artículo 814 LEC
| Bloque | Contenido | Documento de contraste |
|---|---|---|
| Acreedor | Identidad y domicilio o domicilios | Identificación o datos registrales |
| Deudor | Identidad, domicilios o lugar donde pueda ser hallado | Contrato, factura y comprobaciones recientes |
| Origen | Relación y hechos que generaron la deuda | Contrato, pedido, entrega o reconocimiento |
| Cuantía | Importe reclamado y cálculo comprensible | Facturas, pagos, abonos e intereses |
| Anexos | Documentos del artículo 812 | Índice numerado y referencias en los hechos |
Cómo explicar el origen y la cuantía
La petición no necesita convertir una relación comercial sencilla en una narración extensa, pero sí debe conectar los hechos con los documentos. Indica qué se encargó, cuándo se cumplió, qué venció, qué se pagó y qué queda pendiente.
- Separa cada factura y su fecha de vencimiento.
- Aplica pagos y abonos a la operación correcta.
- Desglosa los intereses y su fundamento.
- Evita duplicar importes o reclamar documentos rectificados.
- Relaciona cada hecho con el anexo correspondiente.
Documentos y principio de prueba
La admisión depende de que los documentos previstos en el artículo 812 o el conjunto aportado constituyan un principio de prueba confirmado por la petición. Una factura puede formar parte del expediente, pero debe revisarse junto con el encargo, la prestación y cualquier objeción conocida.
Utiliza la checklist documental para comprobar la cadena antes de ordenar los anexos.
Negociación previa y confidencialidad
Cuando resulte exigible el requisito MASC, debe acompañarse la acreditación documental prevista por la Ley Orgánica 1/2025. No debe aportarse indiscriminadamente el contenido confidencial de la negociación: se acredita su existencia y objeto respetando el artículo 9.
Qué revisa el órgano judicial
El artículo 815 contempla el examen del principio de prueba y también supuestos en que la cantidad parece incorrecta. Cuando la deuda se basa en un contrato entre empresario o profesional y consumidor, se prevé además el control de posibles cláusulas abusivas antes del requerimiento.
Modelo normalizado
El Consejo General del Poder Judicial ofrece una guía y modelos normalizados en PDF y Word. Comprueba siempre que el formulario, los domicilios y los documentos se adaptan al caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Puedo usar un formulario oficial?
Sí. El artículo 814 permite extender la petición en un impreso o formulario en papel o a través de la sede electrónica. El CGPJ publica un modelo normalizado.
¿Necesito abogado y procurador para presentarla?
No. El artículo 814.2 indica expresamente que no es preciso valerse de abogado ni procurador para la petición inicial.
¿Puedo reclamar intereses?
Deben identificarse su fundamento y cálculo, separando principal, tipo, periodo y resultado. Una cifra global sin explicación dificulta comprobar la cuantía.
Fuentes oficiales
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 814.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, artículo 815.
- Ley Orgánica 1/2025, artículos 9 y 10.
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